“Si no hay movilización negra en Colombia, los decretos firmados no pasarán de la palabra a los hechos, a la realidad cotidiana, para que la voz del pueblo negro pueda ser escuchada en toda Colombia y no sólo los intereses de los poderosos”.
En el marco del Congreso de los Pueblos, que se desarrolla en Bogotá, el Presidente de la República Gustavo Petro Urrego firmó dos decretos que reglamentan la Ley 70 de 1993 que profundizan el poder negro, como el poder popular en Colombia.
“En estos decretos encuentran cómo se puede materializar la idea de libertad, de justicia e, indudablemente, de la paz. Aquí reafirmamos que es, a través de la recuperación del ‘poder negro’ como lograremos extender lo que debe llamarse el poder popular y la capacidad de gobernar nuestro propio destino”, destacó el mandatario.
En el evento -que se realizó en la Universidad Nacional de Colombia, con la participación de la Vicepresidenta, Francia Márquez; del ministro del Interior, Luis Fernando Velasco; del ministro de Minas, Omar Camacho; del ministro de Comercio, Germán Umaña; entre otros, el presidente Petro señaló que los decretos llevan consigo la idea de libertad, justicia y paz.
En el Congreso de los Pueblos participaron representantes de las comunidades de los consejos comunitarios y organizaciones de base de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras del Cauca, Valle, Nariño, Chocó, Bolívar, Amazonas y Guaviare.
El Congreso de los Pueblos es un proceso de articulación social que, desde 2010, juega un rol de articulador de pueblos, sectores y regiones en torno a la transformación nacional, y a la garantía de una vida digna de la mayoría de la población, a través de dinámicas popular y sociales comunes.
El Jefe del Estado instó a los presentes a asumir la defensa de los derechos que les otorgan los capítulos firmados en la fecha y que reglamentan la ley de autonomía negra e instó a defenderlos a través de la movilización social.
“Esos decretos no se ejecutarán, no se volverán de la palabra a los hechos, no pasarán a la realidad cotidiana, si no hay movilización negra en Colombia. Para que la voz del pueblo negro pueda ser escuchada en toda Colombia y no sólo los intereses de los poderosos”, enfatizó.
Esta movilización, destacó el Presidente, debe darse a través de la organización social. “Hay que alistar las formas de organización, que esta reunión sirva para ello: juntar las diversidades para administrarlas, para ejercer la defensa de estos decretos que hoy ven la vida jurídica a favor del poder negro”.
Reconoció que los decretos pueden, quizás, tener “imperfecciones”, pero constituyen en un “instrumento de lucha, en unas banderas que ahora pasan a sus manos y, de ustedes dependerá, que no perezcan, que no se vuelvan sueños derrotados”, puntualizó.
Los decretos firmados reglamentan el Capítulo V de la Ley 70 de 1993, por las cuales se adoptan mecanismos especiales para el fomento y desarrollo de las actividades mineras en los territorios colectivos de las comunidades negras, afrocolombianas.
También, reconoce los derechos mineros de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras para delimitar zonas mineras de las comunidades negras y la aplicación del derecho de prelación frente a intereses de exploración y explotación de particulares diferentes a las esas comunidades.