Hernán Giraldo Sierra, excomandante paramilitar, fue excluido de la Ley de Justicia y Paz por continuar con conductas delictivas tras desmovilización, confirma Corte Suprema.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la decisión de excluir a Hernán Giraldo Serna, exjefe paramilitar del bloque Resistencia Tayrona de las AUC, de los beneficios de la Ley de Justicia y Paz. Esta exclusión se basó en la evidencia que demostró que Giraldo continuó con actos de violencia sexual, contraviniendo los compromisos de no repetición y no revictimización que se le exigían como parte del proceso de desmovilización.
La solicitud de exclusión presentada por la Fiscalía incluyó documentos que revelaron que antes de su extradición a los Estados Unidos, Giraldo solicitó autorizar el ingreso de menores de edad a varias cárceles. Según las pruebas presentadas, una mujer cercana a Giraldo era la encargada de llevar a las niñas a estos centros de reclusión para que mantuvieran encuentros sexuales con él.
La investigación determinó que varias de estas menores ya habían sido víctimas de delitos sexuales perpetrados por Giraldo durante su tiempo como comandante de las AUC, por los cuales fue condenado en el proceso transicional de Justicia y Paz. A pesar de que Giraldo insinuó que las menores ingresaron voluntariamente a las cárceles, la Corte rechazó esta afirmación, destacando que las víctimas actuaron por temor hacia el exparamilitar.
En la providencia emitida, se concluyó que Giraldo reincidió en comportamientos revictimizantes al tener contacto con menores de edad después de su desmovilización, quienes, por miedo, accedieron a tener relaciones sexuales con él en el lugar de su reclusión.
AP337-2024