Gobierno radica proyecto de ley de sujeción a la justicia ordinaria y desmantelamiento de estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto

Contiene una oferta generosa por parte del Estado colombiano a esas estructuras criminales de alto impacto, para que si se entregan, confiesan sus delitos, entregan sus bienes e información sobre sus patrones criminales y reparan a las víctimas, el Estado les entregue un tratamiento penal más benigno que el ordinario: Minjusticia.

Hay una sujeción, no una negociación de paz…No hay ningún tipo de diálogo ni ningún tipo de prebenda al narcotráfico: MinInterior.

Acaba con todo tipo de especulaciones y negociaciones clandestinas que nunca fueron autorizadas y que pretendían negociar las leyes en las calles. Las leyes se hacen en el Congreso: presidente del Congreso.

Este proyecto no reconoce estatus político en el procedimiento mismo de los mecanismos de sujeción a la justicia ordinaria: presidente de la Cámara.

No brinda ninguna clase de impunidad, como podrán verlo a través de las penas que se ofrecen a consideración del Congreso, pero al mismo tiempo deja un margen para que estos grupos puedan someterse a la justicia: presidente Comisión de Paz.

Los ministros de Justicia y del Derecho, Néstor Iván Osuna Patiño, y del Interior, Alfonso Prada Gil; la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, en compañía de los presidentes de Senado, Roy Barreras, y de Cámara, David Racero; el presidente de la Comisión de Paz del Senado, Iván Cepeda, y los congresistas Ariel Ávila y Alirio Uribe, radicaron hoy ante el Senado el Proyecto de Ley ‘Por la cual se establecen mecanismos de sujeción a la justicia ordinaria, garantías de no repetición y desmantelamiento de estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto y se dictan otras disposiciones’.

“Este proyecto de ley contiene una oferta generosa ​por parte del Estado colombiano a esas estructuras criminales de alto impacto, para que si se entregan, confiesan sus delitos, entregan sus bienes, entregan la información sobre sus patrones criminales y reparan a las víctimas, el Estado les entregue un tratamiento penal más benigno que el ordinario, todo con la finalidad de que podamos vivir en una paz completa», señaló el ministro de Justicia al precisar que la iniciativa está pensada para estructuras criminales de alto impacto que no tienen vocación política.

“Es un proyecto de sujeción a la justicia ordinaria, en el que tendrá enorme protagonismo el poder judicial, tanto con la Fiscalía General de la Nación como con los jueces y magistrados. Con la radicación de este proyecto el Gobierno le cumple a la sociedad con el propósito firme de poner todos sus esfuerzos para la construcción de una convivencia pacífica. La paz se construye con distintas estrategias y esta es una de ellas, que apunta específicamente a unos grupos criminales que han alterado la convivencia pacífica desde hace algún tiempo», precisó.

La iniciativa, que hace parte de la política de Paz Total y Seguridad Humana, busca desmantelar las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto, crea mecanismos de sujeción a la justicia mediante la aplicación de procedimientos de investigación y judicialización, contribuye a la satisfacción de los derechos de las víctimas desde los enfoques diferenciales y garantiza la no repetición.

El ministro del Interior, Alfonso Prada Gil, precisó que con el proyecto “hay una sujeción, no una negociación de paz. Aquí estamos frente a organizaciones, estructuras del crimen que se mueven en la economía ilegal, por eso no hay diálogo ni negociación. No hay ningún tipo de diálogo ni ningún tipo de prebenda al narcotráfico. Aquí hay simplemente una ley que presentamos a consideración del Congreso para que allí se definan las condiciones en las cuales va a operar una sujeción, con un procedimiento que tiene una primera parte de diálogo y conversación, que proviene del diseño que se hizo en la Ley 2272 y continúa la segunda fase, que está definida aquí como un procedimiento penal bajo la coordinación de la Fiscalía, el cual terminará con la decisión de los jueces penales correspondientes».

En su intervención, el presidente del Congreso, Roy Barreras, señaló que el proyecto de ley es un buen ejemplo de concertación y diálogo, una propuesta a los narcotraficantes para reintegrase a la sociedad y salvar sus vidas a cambio de ir a la cárcel, y que “acaba con todo tipo de especulaciones y negociaciones clandestinas que nunca fueron autorizadas y que pretendían negociar las leyes en las calles. Las leyes se hacen en el Congreso, de cara a la ciudadanía». Al tiempo, insistió en que el trámite del proyecto debe tener mensaje de urgencia “para que el límite de la incertidumbre sea menor y la gente sepa a qué ley acogerse».

Por su parte el presidente de la Cámara de Representantes, David Racero, destacó que “este proyecto no reconoce estatus político en el procedimiento mismo de los mecanismos de sujeción a la justicia ordinaria», y resaltó que complementa otros procesos de diálogo, como el que avanza con el ELN en la apuesta del #GobiernoDelCambio para alcanzar la Paz Total.

El presidente de la Comisión del Paz del Senado, Iván Cepeda Castro, quien junto con los congresistas Alirio Uribe y Ariel Ávila apoyó la construcción del proyecto, precisó que el mismo “no brinda ninguna clase de impunidad, como podrán verlo a través de las penas que se ofrecen a consideración del Congreso, pero al mismo tiempo deja un margen para que estos grupos puedan someterse a la justicia. Establece claramente la diferencia entre los grupos de carácter político con los cuales se negocia, como es el caso del ELN, y las estructuras que están ligadas al narcotráfico y a la minería ilegal como única forma de actuación».

Estructuras criminales de alto impacto

Se consideran estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto:

– Las organizaciones criminales conformadas por un número plural de personas;

– Que se encuentren organizadas en una estructura jerárquica y/o en red;

– Que se dediquen a la ejecución permanente o continua de conductas punibles, entre las que podrán encontrarse las tipificadas en la Convención de Palermo;

– Que se enmarquen en patrones criminales que incluyan el sometimiento violento de la población civil de los territorios rurales y urbanos en los que operen;

– Que cumplan funciones en una o más economías ilícitas.

Quedan excluidos de la aplicación de este proyecto de ley los grupos y organizaciones armadas rebeldes que poseen carácter político, con las cuales el Gobierno adelanta diálogos o conversaciones de paz. Los beneficios en la punibilidad y la pena con componente restaurativo de que trata la iniciativa no constituyen reconocimiento político de las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto y sus integrantes.

Las penas

El proyecto contempla que a los jefes o cabecillas de la estructura armada organizada de crimen de alto impacto se les imponga una pena de privación efectiva de la libertad en establecimiento carcelario de seis (6) a ocho (8) años, de acuerdo al grado de responsabilidad individual, sin derecho a detención domiciliaria, libertad condicional, permiso de 72 horas, ni redención de penas por trabajo o estudio; y un periodo de cuatro (4) años de componente restaurativo con mecanismos de vigilancia y monitoreo, extramural, con participación en programas de justicia restaurativa y de reintegración.

También prevé que las penas impuestas con anterioridad a la sujeción a la justicia a jefes o cabecillas de las estructuras criminales de alto impacto se acumularan y serán sustituidas por la que se les imponga, de acuerdo con los planteado en la iniciativa.

El procedimiento para que las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto se sujeten a esta ley tendrá tres etapas: acercamiento, conversación y términos de sujeción; procesamiento; y, cumplimiento.

De acuerdo con el proyecto, serán causales de pérdida individual del tratamiento penal y de aplicación de las penas ordinarias, consagradas en el Código Penal, las siguientes:

-Retornar a las armas;

-Ser condenado por delitos dolosos cometidos con posterioridad a la suscripción del acta individual de sujeción a la justicia y garantías de no repetición;

-Involucrarse en algún tipo de economía ilegal, en cualquiera de sus etapas de operación;

-No cumplir con las obligaciones para mantener el tratamiento penal, ni la verificación de las mismas;

-No cumplir, de manera reiterada e injustificada, con la participación en programas de justicia restaurativa y de reintegración.

En los casos en los que sea revocado el tratamiento penal de algún integrante de la estructura que fuere beneficiario del principio de oportunidad, los hechos y conductas cometidos por este serán investigados y juzgados según el procedimiento ordinario. La Fiscalía General de la Nación, de oficio o por solicitud de las víctimas, deberá iniciar el incidente de incumplimiento ante el juez de conocimiento de primera instancia.

El listado de la estructura armada organizada de crimen de alto impacto, incluidos quienes se encuentren privados de la libertad con razón a su pertenencia, será entregado por los representantes-voceros al Gobierno Nacional, por intermedio de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, que junto con la Dirección de Inteligencia Policial de la Policía Nacional (DIPOL), la Dirección de Nacional de Inteligencia (DNI) e Inteligencia Militar, constatarán y depurarán las listas y hará las exclusiones a que haya lugar.

El proyecto contempla la creación del Comité Interinstitucional de Verificación, para que en un término de quince (15) días entregue el listado definitivo. Hacen parte del comité un delegado de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, quien lo presidirá; del Ministerio de Defensa Nacional, de la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, el Ejército Nacional, la Dirección Nacional de Inteligencia, la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Defensoría del Pueblo, y la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, quien ejercerá la secretaría técnica.​

“En caso de que la estructura armada organizada de crimen de alto impacto presente dentro de los listados personas que no integran la organización criminal, tanto a los voceros y representantes como quienes pretenden hacerse pasar por integrantes, no se les aplicará lo dispuesto en la presente Ley y, en consecuencia, perderán los beneficios del tratamiento penal, de haberlos obtenido. Contra ellos la Fiscalía General de la Nación iniciará investigación penal por los delitos a que haya lugar. Respecto a los voceros representantes de la estructura deberá probarse la mala fe para la pérdida de beneficios y la compulsa de copias respectivas», plantea la iniciativa.

Consulte aquí el articulado del proyecto de ley​