Corte Constitucional declara exequible ley que protege los derechos del adulto mayor

  • El senador Iván Cepeda, ponente de la ley, espera que el presidente Iván Duque deposite, cuanto antes, este instrumento en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
  • El Estado colombiano deberá promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores.

Bogotá D.C., noviembre 19 de 2.021.- Luego que el Congreso de la República discutiera y aprobara en legislaturas pasadas la Ley 2055 de 2020, por medio de la cual se aprobó “la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada en Washington, el 15 de junio de 2015, el senador Iván Cepeda presentó una intervención ciudadana solicitando la declaratoria de exequibilidad.

Un año después, mediante sentencia C-395-21 la Corte consideró, por unanimidad, declarar exequible esta ley. Es decir, el alto tribunal verificó el trámite legislativo, así como la sanción presidencial y concluyó que se había adecuado a las normas legales y constitucionales correspondientes. Además de esto, con el fallo, también se decidió declarar exequible dicha Convención.

En su providencia, la Corte destacó que el tratado internacional traía consigo unas “valiosas herramientas que potencializan y promueven la materialización de diversos principios y derechos constitucionales que se relacionan con la protección, igualdad, dignidad y los derechos de los adultos mayores”.

Es de resaltar que la ley 2055 de 2020 busca “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”.

Entre los derechos que promueve esta ley está la igualdad y no discriminación por razones de edad; el derecho a vivir con dignidad en la vejez hasta el fin de sus días; el derecho a desarrollar una vida autónoma e independiente, conforme a sus tradiciones y creencias. Así como, el reconocimiento de los derechos políticos como sujetos activos y determinantes en la democracia; el derecho al acceso preferente a la justicia para quienes a edades avanzadas están en condición de riesgo; y la posibilidad de acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de forma directa como garantía de sus derechos.

Por su parte, la Convención fija mandatos en los Estados que permiten una incidencia efectiva en los procesos de decisión y formula criterios para el desarrollo de política pública que beneficie a este sector de la población. En este sentido, la Corte analizó cada uno de los 41 artículos de la Convención, además de los 3 que agrega la ley impulsada por el senador Cepeda, sobre esto concluyó que son compatibles con nuestra Constitución y señaló que “el instrumento internacional otorga mayor protección a los adultos mayores (…), que incluye una serie de obligaciones claras y directas por los Estados parte”.

El fallo emitido este viernes, se enviará al presidente Iván Duque, así como, al presidente del Congreso, para el correspondiente trámite.

Tomado de la pagina del Senador Iván Cepeda Castro

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